24.3.22

Cambian los protocolos frente a la COVID en Aragón

Cambian los protocolos frente a la COVID y los posibles contagiados no saben bien qué hacer en caso de síntomas de contagio. Sin duda acudir a su médico de familia, que les indicará los pasos a seguir, pero es cierto que algunas cosas han cambiado, y no solo es la forma de contabilizar los contagios, que ahora se harán dos veces por semana. Es posible que vuelvan a surgir subidas de contagios, y todas estas medidas se irán actualizando según se modifiquen o no, los casos de contagios. Veamos algunos detalles, dudas y preguntas.


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¿A quién se les va a hacer pruebas a partir del lunes 28 de marzo de 2022?

Mayores de 60 años, inmunodeprimidos por causa intrínseca o extrínseca y embarazadas.

Personas que residen, acuden, están ingresadas o trabajan en centros sanitarios asistenciales, sociosanitarios y de día, prisiones y otros lugares con personas institucionalizadas, así como trabajadores que prestan apoyo y cuidado a personas vulnerables.

Personas con un cuadro de infección respiratoria aguda de vías bajas que requiera ingreso hospitalario (preferiblemente PCR).

Personas de las que se tiene constancia de que ha estado en los últimos 14 días en una región en la que esté circulando una variante de interés o de preocupación.

No obstante, el profesional sanitario podrá indicar la realización de una prueba bajo criterio clínico, aunque la estrategia lo desaconseja para los que tienen un resultado positivo en un test de autodiagnóstico si no está en uno de los apartados anteriores.

Quienes sí están y tengan síntomas leves, les recomienda contactar con el sistema sanitario de su comunidad y permanecer en su domicilio hasta que obtenga el resultado que, de ser positivo, se manejará como un caso confirmado y, de ser negativo, deberá seguir las instrucciones que le indiquen los profesionales.


¿Qué pasa si se confirma el positivo?

Todos los casos confirmados con síntomas leves ya no tendrán que aislarse, sino "extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manosdurante los 10 días posteriores al inicio de síntomas". Evitarán especialmente el contacto con personas vulnerables y la participación en eventos multitudinarios y, "siempre que sea posible y en caso de que no sea susceptible de una incapacidad temporal por su sintomatología", teletrabajarán.

No así quienes trabajen en ámbitos vulnerables o presten apoyo y cuidados a estas personas: en este caso no acudirán a su trabajo durante los primeros 5 días desde el inicio de síntomas o de la fecha de diagnóstico y, pasado este tiempo y siempre que hayan transcurrido 24 horas tras la desaparición de los mismos, se hará una prueba de antígenos. Si es negativa, podrá volver a su trabajo. Por el contrario, si es positivo, podrá repetirse el test cada 24 horas hasta obtener un resultado negativo.

Quienes estén hospitalizados deberán estar aislados durante el ingreso hasta obtener una prueba negativa o una PCR positiva compatible con cargas virales bajas, aunque los profesionales podrán adaptar estas recomendaciones tras la valoración de cada situación.


¿Y con los contactos estrechos?

Solo se identificarán los contactos estrechos en los ámbitos considerados vulnerables, a los que se les indicará la realización de una prueba a los 3-5 días del seguimiento.

Como ya se estableció a principios de marzo, los contactos estrechos no realizarán cuarentena, si bien se les aconseja extremar la precaución en los 10 días posteriores a la última exposición y reducir al máximo las interacciones sociales, sobre todo el contacto con personas vulnerables.

Ámbitos concretos

Residencias y centros sociosanitarios: además de lo expuesto en cuanto a pruebas y aislamiento, la estrategia señala que en estos lugares se aplicarán medidas de intervención y control específicas ante la detección de un solo caso en residentes o de tres casos en trabajadores.

Prisiones: Se seguirá lo establecido en el protocolo específico ya existente.

Centros educativos: no establece actuaciones ni medidas específicas; los aspectos organizativos ya están descritos en el Documento sobre medidas de prevención e higiene de los centros educativos.

Otros centros de trabajo: tampoco se implementarán medidas concretas más que las que ya recoge el Procedimiento para los servicios de prevención de riesgos laborales.

Centros sanitarios: No se considera necesaria, de manera general, la realización de cribados previos al ingreso o a determinadas actuaciones asistenciales. En cualquier caso, los centros hospitalarios podrán considerar hacerlos en situaciones específicas para proteger a los pacientes vulnerables.